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¿Tiene más de 65 años?¿Desea aumentar sus ingresos? ¿Tiene una vivienda en propiedad?

Déjenos ayudarle, a conseguir lo que desea, con la garantía de uso vitalicio de su vivienda.

Le ofrecemos diversas posibilidades:

– Venta de Nuda Propiedad

– Renta Vitalicia Inmobiliaria

– Venta con Alquiler Garantizado

– Hipoteca Inversa





VENTA DE NUDA PROPIEDAD

¿Qué es la Nuda Propiedad?

Nuda Propiedad de un inmueble es el derecho por el cual el titular tiene la propiedad, pero no el derecho de usufructo sobre ese inmueble. Por lo que, el nudo propietario de una vivienda no puede usar y disfrutar plenamente del mismo hasta que se extinga el derecho de usufructo que tiene otra persona sobre el inmueble.

 

¿Qué es la Venta de la Nuda Propiedad?

La Venta de la Nuda Propiedad consiste en que el propietario de una vivienda (normalmente una persona mayor) transmite la titularidad de su casa a cambio del cobro de una única cantidad y a la vez se reserva el derecho de continuar en el uso de su casa mientras viva.


Ventajas y garantías de vender la Nuda Propiedad de una vivienda

Dejará de pagar para siempre los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles, las derramas extraordinarias de la Comunidad y reducirán el coste del seguro de la casa.

  • El vendedor sólo debe asumir las cuotas ordinarias de la comunidad de propietarios, los recibos de los suministros (electricidad, agua, gas, teléfono, etc.) y el impuesto municipal de residuos urbanos / basuras.
  • Si realiza la operación sobre su vivienda habitual, tendrán una exención total en el IRPF (Declaración de Renta) respecto de la posible ganancia patrimonial.
  • No deberán pagar ninguna clase de gastos, honorarios de Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría, ni impuestos (a excepción del Impuesto Municipal de Plusvalía), que serán abonados por el comprador / inversor.
  • Si con el transcurso del tiempo ya no desean mantener el derecho de uso y disfrute de su casa, podrán alquilar la vivienda o vender el derecho de usufructo al nudo propietario.
  • La formalización de la venta realiza con todas las garantías legales ya que se lleva acabo ante notario mediante Escritura Pública y se inscribe en el
  • Registro de la Propiedad, donde quedan recogidos tanto la compra-venta, como el derecho de usufructo, que no se extinguirá hasta el fallecimiento del último delos beneficiarios (en el caso de matrimonios, hermanos, etc.) 












RENTA VITALICIA INMOBILARIA

¿Qué es la Renta Vitalicia Inmobiliaria?

La Renta Vitalicia Inmobiliaria es un contrato, formalizado en Escritura Pública ante Notario, mediante el cual las Personas Mayores perciben una renta mensual durante el resto de su vida, a cambio de la venta de la nuda propiedad de su vivienda, pero manteniendo en todo momento el derecho de uso y disfrute de la misma.

 

Requisitos necesarios para contratarla

Solamente hay que tener más de 65 años y ser propietario de una vivienda.

Es posible contratarla aunque la vivienda tenga alguna carga y aunque pertenezca a dos personas.

 

¿Cómo se calcula una Renta Vitalicia Inmobiliaria?

La cuota mensual apercibir con una renta vitalicia dependerá de varios factores como son el valor del Inmueble, la esperanza de vida de los contratantes (según las tablas oficiales del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Seguros), el valor del uso y disfrute de su vivienda (ya que la utilización de la misma que usted se reserva de por vida tiene un precio de mercado, que es equiparable a la cantidad total que a lo largo de su Esperanza de Vida representaría el alquiler de un piso de las mismas características y ubicación que su vivienda).

 

Modalidades de Rentas Vitalicias

Renta Vitalicia Clásica: Operación más frecuente. El contratante percibe a cambio de la venta de la nuda propiedad de su vivienda, una Renta mensual con carácter vitalicio, y reservándose a la vez el derecho de usufructo de la misma durante toda su vida.

Renta Temporal Clásica: en esta modalidad, la Persona Mayor mantiene, igual que en la anterior, el usufructo de la vivienda de por vida, sin embargo, el cobro de las Rentas mensuales se hará durante un determinado plazo (5, 7, 10, 12, 15años, etc.).

Renta Vitalicia o Temporal Fuera del Hogar: El contratante renuncia al derecho de uso y disfrute sobre la vivienda, con el fin de obtener un importante incremento en la Renta a percibir mensualmente.

En todos los anteriores tipos de rentas podrá solicitar un anticipo de capital o disposición inicial. 

 

Ventajas y Garantías de Contratar una Renta Vitalicia Inmobiliaria

  • Recibir un ingreso mensual durante toda su vida.
  • Mantener el total uso y disfrute de su vivienda, en las mismas condiciones en que la venía utilizando como propietario. Conseguirá rentabilizar su patrimonio inmobiliario sin necesidad de abandonar su casa.
  • Dejará de pagar el impuesto de bienes inmuebles, las derramas extraordinarias y parte del seguro del hogar.
  • Fiscalmente hablando, los mayores de 70 años están exentos de tributar el 92% de las cantidades mensuales que perciben a través de este producto. Además, si la Renta Vitalicia Inmobiliaria se constituye sobre su vivienda habitual, al ser el contratante mayor de 65 años, la venta de la nuda propiedad de su vivienda no tiene ninguna repercusión en su IRPF.
  • Si más delante desea trasladarse a otra residencia, puede renunciar al derecho de usufructo, aumentará el ingreso mensual que percibe.
  • También puede decidir alquilar la vivienda a un tercero y cobrar usted directamente el importe de ese alquiler.
  • El contrato de renta vitalicia se formaliza ante notario, mediante escritura pública y se inscribe en el registro de la propiedad, donde aparecerá el derecho de usufructo de la vivienda.
  • Como garantía y ventaja definitiva en la escritura se establece una condición resolutoria por la que si se produce el impago de la Renta, usted recupera la plena titularidad de la vivienda, sin tener que devolver las cantidades ya percibidas hasta es el día.





ALQUILER GARANTIZADO

¿Qué es la Venta con Alquiler Garantizado?

La venta de un inmueble con alquiler garantizado es una fórmula por la que el propietario de una casa vende dicha propiedad, pero sin dejar de hacer uso dela misma, ya que, junto a la transmisión de la vivienda, se formalizará en Escritura Pública, se realiza de forma simultánea un Contrato de Alquiler con el nuevo comprador por un tiempo pactado.

¿Cómo funciona una venta con alquiler garantizado?

  • Usted vende el 100% de su propiedad al comprador.
  • Es una venta convencional, aunque se suele llevar a cabo con un acuerdo de descuento importante con respecto al precio de mercado. Se pueden llegar a pactar pagos aplazados de una parte del precio, siempre acordados por las partes.
  • El comprador dela vivienda se convierte de forma automática en su arrendador, y a partir de ese momento usted como inquilino solo deberá abonar mensualmente la renta de alquiler pactada: el importe de dicha renta se establece en base a las condiciones que tenga el mercado en cada momento, para una vivienda de similar ubicación y características que la suya.
  • Precio de venta, se pacta mediante diversas valoraciones, teniendo en cuenta análisis comparativo de los valores de la zona, índice de referencia, estado de la vivienda, del edificio, posibles actualizaciones, derramas, etc. Siempre hay que tener en cuenta, que normalmente el precio de venta de la vivienda suele llevar un descuento sobre el valor de mercado y en la mayoría de las ocasiones hay una parte del precio de venta cuyo cobro queda aplazado, estando los pagos garantizados en la Escritura de compraventa con una Condición Resolutoria (si se incumpliera algún plazo, la propiedad pasaría de nuevo a usted y sin necesidad de devolver lo cobrado.
  • Precio de alquiler: se establece después de llevar a cabo un amplio estudio de los alquileres que existen en el mercado para una vivienda de las mismas o similares características.

Tipos de venta con vlquiler varantizado

Modalidad Vitalicia: esta modalidad consiste en la venta de la vivienda, estableciendo de forma simultánea un alquiler vitalicio, por el cual usted se garantiza permanecer como inquilino de su vivienda para siempre o hasta que usted de por finalizado dicho arrendamiento.

Modalidad Temporal: Aquí se realiza la venta de la vivienda, realizando el propietario un contrato de alquiler por un plazo determinado (5, 10, 12, 15, etc.), transcurrido el cual, la Persona Mayor dejará de utilizar la vivienda. Es habitual esta opción cuando se tiene previsto un cambio de domicilio o cuando se realiza sobre una segunda residencia no habitual.

Ventajas y Garantías

Hacer efectiva la venta de su vivienda sin renunciar a su uso, disfrutando de todas las ventajas de obtener en vida unos elevados ingresos con los que incrementa su calidad de vida y sin modificar su residencia, ya que permanecerá en su casa de siempre con todos los derechos que le asisten como inquilino.

Al realizar la venta y recibir el monto de la venta puede cancelar posibles hipotecas, deudas, embargos u otros gastos imprevistos o necesarios a futuro, y a la vez disponer de los excedentes dinerarios que le sobren tras la liquidación de estas deudas.

Liberarse de importantes gastos generados por su vivienda, ya que dejará de abonar para siempre los recibos del IBI, las cuotas de la Comunidad de Propietarios y el Seguro del continente de la vivienda.

En la fiscalidad Alquiler Garantizado, debemos recordar que los mayores de 65 años, ya que la transmisión de su vivienda habitual, está totalmente exenta de tributación en su declaración de Renta (IRPF).

La venta, el alquiler y las condiciones resolutorias se formalizan ante notario mediante escritura pública, y se inscribirá en el registro de la propiedad.

¿Qué gastos e impuestos tiene que asumir?

El vendedor tendrá que pagar exclusivamente el Impuesto de Plusvalía Municipal. A su vez, al convertirse en arrendatario / inquilino de su casa, tendrá que pagar un Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por el nuevo arrendamiento que se establece, si bien la cuantía de este impuesto es muy pequeña. En cuanto a los gastos propios de la vivienda,  la Persona Mayor sólo tendrá que pagar los recibos de los suministros de la casa (luz, gas, agua, etc) y la Tasa de Residuos Urbanos, ya que el resto de los gastos e impuestos pasan a ser asumidos por el comprador.





HIPOTECA INVERSA

Definición oficial, según Ley 41/2007, de 7 de diciembre

«Es un préstamo o crédito hipotecario del que el propietario de la vivienda realiza disposiciones, normalmente periódicas, aunque la disposición pueda ser de una sola vez, hasta un importe máximo determinado por un porcentaje del valor de la tasación en el momento de la constitución. Cuando se alcanza dicho porcentaje, el mayor o dependiente deja de disponer de la renta y la deuda sigue generando intereses. La recuperación, por parte de la entidad, del crédito dispuesto más los intereses se produce normalmente de una vez cuando fallece el propietario, mediante la cancelación de la deuda por los herederos o la ejecución de la garantía hipotecaria por parte de la entidad de crédito»

Tipos de hipoteca inversa

Hay diversos tipos de hipoteca inversa, aunque los más habituales son los siguientes:

  • Hipoteca inversa temporal: el banco entrega al propietario el importe de la hipoteca fijándose una fecha de vencimiento para la devolución de los fondos.
  • Hipoteca inversa vitalicia: la cantidad ofrecida al propietario es menor que la anterior, pero se lleva a cabo durante el resto de su vida; cuando fallezca, los herederos tienen que devolver el préstamo.
  • Hipoteca inversa de disposición única: el banco paga en un solo plazo el valor total de la hipoteca.

Ventajas y Garantías de una Hipoteca Inversa

  • Mantener la titularidad de su vivienda, lo que significa que su casa sigue siendo suya y el día de mañana de sus herederos.
  • Recibir de por vida una renta mensual, sin que Usted tenga que pagar nada al Banco mientas viva, y todo ello con la garantía y respaldo de las principales entidades bancarias del país.
  • Solicitar, si lo desea, una cantidad inicial con la que poder cubrir algún gasto pendiente de pago o tener un capital para posibles imprevistos en el futuro o para ayudara un familiar, o simplemente darse un capricho (un viaje, un regalo especial para Usted o su familia, etc.). 
  • Cancelar la hipoteca en cualquier momento, si así lo desea, por ejemplo, si decide vender su casa.
  • Alquilar su casa, si por alguna causa no va a hacer uso de la misma y lo considera oportuno ,sumando a los ingresos que le proporciona la Hipoteca Inversa, los que obtenga por el arrendamiento, y financiarse de esa manera la estancia en una Residencia.
  • Fiscalidad: una de las grandes ventajas de las Hipotecas Inversas son sus beneficios fiscales, ya que están exentas de tributación, es decir, no tendrá que pagar nada en sudeclaración de renta, por las cantidades que reciba todos los meses a través dela Hipoteca Inversa.

Las garantías de las Hipotecas Inversas son máximas, ya que…

... como cualquier otro crédito, queda formalizada en Escritura ante Notario e inscrita en el Registro de la Propiedad.

... sus herederos podrán cancelar a través de diferentes vías la deuda que se genere a su fallecimiento disfrutando del diferencial que exista entre dicha deuda y el valor de la vivienda, teniendo en cuenta que las entidades bancarias diseñan el producto de manera que ese diferencial sea importante para que los herederos cancelen el crédito sin complicaciones.

Para cualquier duda y/o aclaración sobre alguno de los puntos anteriormente referidos o si desea solicitar un ESTUDIO GRATUITO Y SIN COMPROMISO sobre su caso concreto póngase en contacto con nosotros.